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Emiprotur en la provincia de Entre Ríos

En el marco de la gira promocional conjunta que está realizando el equipo del #Emiprotur en la provincia de Entre Ríos junto al equipo de turismo del municipio de Santa Rosa de Calamuchita, el director de promoción turística Javier Pedernera en representación del municipio de #VilladeMerlo procedió a la firma del convenio de cooperación turística con la municipalidad de María Grande.
La localidad de María Grande se encuentra ubicada a 40 minutos de Paraná y cuenta con un complejo termal con saludables aguas saladas de excelentes propiedades terapéuticas; además tiene el parque aéreo y acuático más grande de Entre Ríos y el tercero del país, Interlagos Entre Ríos. Entre algunos de los beneficios de estos convenios, podemos mencionar las tarifas especiales con descuentos para los vecinos de Villa de Merlo que deseen visitar este lugar.

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Reunión con el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires

En el marco de las acciones promocionales realizadas el último fin de semana en la Fiesta Nacional del Sol en San Juan, el director de promoción turística de Villa de Merlo Javier Pedernera y el representante de #EMIPROTUR #VilladeMerlo, Fabián Botta, mantuvieron una reunión con Lucila Chiarella del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. En dicha ocasión se trataron temas como la coordinación de acciones en conjunto y se fijó una reunión en para este mes de marzo en la ciudad de Buenos Aires.

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Festival de peñas en Villa Maria

Luego de estar presentes en el FESTIVAL DE PEÑAS en VILLA MARIA, el equipo de #promociónturística del #EMIPROTUR de #VilladeMerlo arribó a ROSARIO para promocionar los atractivos y servicios del tercer microclima del mundo. En el marco de la gira promocional de Villa de Merlo, el equipo realizó acciones de promoción en vía pública, medios de prensa y reuniones con empresarios y funcionarios del sector en una agenda que estuvo colmada de actividades. En la rambla del balneario La Florida familias, grupos de amigos, vecinos y turistas pudieron interiorizarse de la amplia oferta turística de Villa de Merlo para este año 2020. Lo mismo sucedió en el Monumento a la Bandera y la peatonal rosarina.También se mantuvo una reunión con Gustavo Grego, representante de convenios, negocios y servicios de CIBA mutual que nuclea a unos 140000 socios.
Cabe destacar que ya se proyectaron más acciones de promoción para el mes de marzo en la ciudad de Rosario, uno de los principales centros emisores de los #turistas que llegan a Villa de Merlo. Javier Pedernera Aliitooh Parker Paula Brunner Carina Zarate

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Promoción turística de Villa de Merlo se encuentran en la ciudad cordobesa

Representantes del equipo de promoción turística de Villa de Merlo se encuentran en la ciudad cordobesa de Villa María, participando con un stand promocional junto a la localidad de Santa Rosa de Calamuchita, en el Festival de Peñas. Los dos destinos turísticos están presentes en el “Festival de Festivales”, en una acción de promoción conjunta desarrollada en el marco del Convenio de Cooperación Turística Regional.
Javier Pedernera Carina Zarate Paula Brunner Aliitooh Parker

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Reunió en Santa Rosa de Calamuchita

En el día de ayer el director de promoción turística de #VilladeMerlo, Javier Pedernera se reunió en Santa Rosa de Calamuchita con el director del Captur de Villa Carlos Paz Fernando Tardivo y la secretaria de turismo del destino anfitrión Cintia Costa, para continuar con el trabajo conjunto en pos de potenciar el turismo en la región. Luego los tres representantes de los destinos, participaron de una rueda de prensa con diversos medios de la localidad y zona.

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Ordenanza EMIPROTUR

Merlo, (San Luis), 03 de octubre de 2012.-
ORDENANZA Nº III-0502-HCD-2012
“ENTE MIXTO DE PROMOCIÓN TURISTICA”VISTO:La necesidad de definir y aunar los objetivos necesarios en materia de promoción turística entre el gobierno municipal de la Villa de Merlo y la actividad privada del sector, y;
CONSIDERANDO:Que la implementación de políticas turísticas, requiere de consensos en todos los estamentos sociales que hacen al desarrollo económico de la comunidad, involucrando la participación y opinión de otros sectores productivos y la permanente interrelación entre los mismos.-Que la capacidad de gestión se verá ampliada y dinamizada por la permanente interrelación de todos los actores involucrados en la actividad.-Que la importancia que la actividad turística tiene para con todos los sectores de la Villa de Merlo, que existen diversas agrupaciones y asociaciones que nuclean a distintos actores del sector turístico, y que es necesario implementar políticas de promoción del destino en forma mancomunada con todos los sectores involucrados.-POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
Art.1º) CRÉASE el ENTE MIXTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA de Villa de Merlo (EMIPROTUR MERLO).-
Art.2º) El Ente Mixto de Promoción Turística estará conformado por: Una Comisión Directiva y un Consejo Consultivo.-La Comisión Directiva será la responsable de la administración del Ente, y estará integrada por:§ tres (3) miembros por parte del DEM (Presidente, Secretario, Revisor de Cuentas 1º);§ tres (3) miembros propuestos por el sector privado de la actividad turística (Vicepresidente, Tesorero, Revisor de Cuentas 2º),§ un (1) miembro del HCD como Revisor de Cuentas 3º);§ un (1) Vocal miembro del HCD. Ambos Concejales representarán a éste en forma institucional y§ un (1) miembro representando cada ONG del sector que acredite personería jurídica vigente.-Los miembros se desempeñarán AD HONOREM, pudiendo percibir compensación de gastos en cumplimiento de actividades encomendadas por el Presidente previa autorización del Ente. Los integrantes de la comisión directiva por la parte privada deberán acreditar titularidad o representación a través de una nota simple de un establecimiento debidamente habilitado y sin deuda ante el ente municipal. Será responsabilidad de la Comisión Directiva la convocatoria del Consejo Consultivo integrado por representantes de las Universidades, Fundaciones, Cooperativas, Asociaciones civiles, sociales, deportivas y culturales que acrediten relación con el sector turístico y personería jurídica vigente. Este Consejo Consultivo podrá participar a requerimiento de la Comisión Directiva, en la formulación de los planes de promoción, y organización de eventos. El Consejo Consultivo ejercerá sus funciones AD HONOREM y el Presidente del Ente o quien este designe, convocará y presidirá sus sesiones.-Los miembros de la Comisión Directiva pertenecientes al DEM durarán en sus funciones lo que dure su mandato y los representantes de las instituciones privadas duraran dos años en sus funciones, pudiendo renovarse solo por un período.-
Art.3º) La Comisión Directiva quedará formada de la siguiente manera:Presidente: Intendente o quién el designe.Vicepresidencia: PrivadoSecretario: DEM.Tesorero: Privado.Revisor de Cuentas 1º: DEM.Revisor de Cuentas 2º: Privado.Revisor de Cuentas 3º: 1 Concejal H.C.D.Vocal:1 Concejal H.C.D.
1 Representante de cada ONG de Turismo que acredite personería jurídica vigente antes del 30 de Octubre de 2012. Aquellas instituciones que se incorporen a posteriori, deberán hacerlo, previa aprobación por mayoría simple de la Comisión Directiva. La comisión directiva entrará en funciones dentro del mes de promulgada esta ordenanza.-
Art.4º) Las decisiones emanadas del seno de la comisión directiva serán por consenso establecido por mayoría simple, el Presidente tendrá derecho al desempate y/o veto fundado en caso de que la decisión se contradiga con las políticas turísticas del DEM.
Art.5º) Serán funciones del ENTE:a) Elaborar el Plan de Promoción Turística, fundado en estudios de mercado (demanda y nivel de satisfacción), en el conocimiento del patrimonio existente y en el producto turístico que ofrece Villa de Merlo para definir los mercados prioritarios.-b) Crear el Isologotipo que lo identifique, que deberá ser incluido en todo material grafico que se publique para cualquier actividad promocional del destino, por parte del Ente o los privados que desarrollen actividades en la Villa de Merlo.-c) La protección y promoción de la Imagen de Merlo y sus recursos turísticos teniendo como objeto contribuir a la sustentabilidad económica, ambiental y social de la Villa.-d) Organizar campañas de promoción, tanto en el ámbito provincial, nacional como internacional, promoviendo la presencia activa en el mercado turístico, procurando la coordinación de los sectores interesados en el desarrollo de corrientes turísticas, e instrumentando campañas publicitarias en los medios gráficos, radiales y televisivos , las que integrarán la publicidad oficial del Ente Mixto de Promoción Turística de Villa de Merlo.-e) Organizar y propiciar programas de investigación, innovación y capacitación ligados a la mejora permanente del producto turístico.-f) Promover y auspiciar congresos, convenciones, festivales, colaborando con su realización en la localidad.-g) Analizar y respaldar los acontecimientos programados por instituciones y colectividades arraigadas en la localidad, o toda otra acción propuesta por terceros que resulte de interés por parte del Ente.-h) Propender a la formación de una conciencia turística de la población local difundiendo en los establecimientos educacionales de todas las ramas y niveles, organismos públicos y privados especializados y medios de comunicación, los recursos y productos turísticos existentes en Villa de Merlo.-i) Convenir con los municipios de la región en el marco de la comunidad regional y otros organismos públicos o privados la realización de acciones conjuntas tendientes a la investigación y planificación del producto turístico regional para su desarrollo, fomentando los principios de sustentabilidad y preservación del ambiente.-j) Aconsejar la correcta categorización de toda la actividad turística: alojamiento, gastronomía, esparcimiento, recreación, comercialización, y toda otra actividad afín con el sector, de acuerdo con las leyes nacionales y provinciales que rigen la materia.-k) Celebrar convenios y contratos con entidades públicas y privadas, tendientes al logro de los objetivos fijados.-l) Confeccionar anualmente el Calendario Turístico de la Villa, en el cual deben figurar todos los eventos y actividades que se juzguen de interés.-m) Redactar su Reglamento Interno.-
Art.6º) Serán recursos del Ente Mixto de Promoción Turística:a) La suma resultante del adicional a la contribución de la Tasa Comercial con destino a la actividad turística, que será abonada en la factura de la tasa de Seguridad e Higiene por los comercios y demás explotaciones que tengan por finalidad la actividad turística mencionada en la Ordenanza Nº VII-0503-HCD-2012, siendo depositada en una cuenta específica del Ente u otra modalidad que se designe a futuro.-b) Los préstamos, transferencias y/o subsidios que reciba del Gobierno Nacional, Gobierno de la Provincia de San Luis o cualquier otro organismo público o privado.-c) Los legados, donaciones y/o contribuciones que se efectuaren al Ente, los cuales podrán ser aceptados “ad referéndum”, quedando obligado a someterlo a la aprobación del Honorable Concejo Deliberante.-d) Las contribuciones que se creen por la prestación de servicios turísticos.-e) Cualquier otro recurso que ingrese al patrimonio del Ente.-f) Fondo de Promoción Turística del DEM.-
Art.7º) Autorizar al DEM, a transferir al Ente el personal Municipal necesario según requerimiento del mismo.-
Art.8º) El EMIPROTUR quedará formalmente constituido e iniciará sus actividades una vez promulgada la presente Ordenanza y definidos los miembros de la Comisión Directiva y redactado el Reglamento Interno.-
Art.9º) Facultase al DEM a dictar todos los actos administrativos que fueren menester, conducentes a viabilizar operativamente los objetivos de la presente ordenanza.-
Art.10º)Que el cálculo del Presupuesto de gastos y recursos se regirá en todos sus términos por la Ordenanza General de Presupuesto Nº VII-0136-HCD-2009 (1166).-Art.11º)Que la Rendición de cuentas se regirá en todos sus términos por la Ordenanza General de Rendición de cuentas de Balances Trimestrales Nº VII-0164-HCD-2009 (1174).-
Art.12º)COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

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